Inscripción/Modificación/Renovación en el Padrón Municipal de Habitantes

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13/11/2020

Este trámite permite presentar solicitudes para la inscripción en el padrón municipal de habitantes por cambio de domicilio o por nacimiento de hijo o hija.

Información sobre documentación complementaria a aportar para el empadronamiento o cambio de domicilio de menores de edad no emancipados, según situaciones

1.- Menores con ambos progenitores

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada por ambos progenitores, acompañada de copia simple del D.N.I., Pasaporte o NIE de ambos.
  • Jóvenes mayores de 14 años: Copia simple del D.N.I., Pasaporte o NIE
  • Menores extranjeros: Copia simple del D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.

2.- Menores en situación de acogimiento, tutela o adopción.

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada por el tutor o tutores, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE de cada uno de ellos.
  • Jóvenes mayores de 14 años D.N.I., Pasaporte o NIE.
  • Menores hasta 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.
  • Resolución Judicial o administrativa en la que se recoja la situación de acogimiento, tutela o adopción del menor.

3.- Menores con un solo progenitor, cuando no hay separación o divorcio o no existe aún resolución judicial que se pronuncie sobre guarda o custodia (separaciones de hecho o separaciones en tramitación).

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada por ambos progenitores, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE de ambos.
  • Jóvenes mayores de 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE
  • Menores hasta 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.
  • Cuando excepcionalmente no se disponga de la firma de ambos progenitores, deberá aportarse una declaración responsable, haciendo constar que ambos ostentan la guarda y custodia del menor y que no existe resolución judicial que se pronuncie al respecto, justificando la imposibilidad de disponer de la firma del otro progenitor y que el menor convive con el mismo.

4.- Menores con un solo progenitor, cuando existe resolución judicial que se pronuncia sobre la guarda o custodia, atribuida en exclusiva a un progenitor.

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada por ambos progenitores, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE de ambos.
  • Jóvenes mayores de 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE
  • Menores hasta 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.
  • Resolución judicial sobre guarda o custodia.
  • Declaración responsable, de que dicha resolución está en vigor, que no existe otra posterior que modifique los términos de la guarda y custodia y que el progenitor que realiza la solicitud no se encuentra incurso en algunos de los supuestos de hecho previstos en los arts. 103.1 c) o 158.3c) del Código Civil.

5.- Menores, con un solo progenitor, cuando existe resolución judicial que se pronuncia sobre la guarda o custodia compartida por ambos progenitores.

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada por ambos progenitores, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE de ambos.
  • Jóvenes mayores de 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE
  • Menores hasta 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.
  • Resolución judicial sobre guarda o custodia.
  • Si la resolución judicial por la que se fija la guarda o custodia compartida, no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento, deberán aportar, prueba documental de que existe mutuo acuerdo entre los progenitores.

6.- Menores en otro domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia o representantes legales.

  • Hoja padronal cumplimentada y debidamente firmada, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE de la persona mayor de edad en cuyo domicilio se inscribe.
  • Autorización para la inscripción de los padres del menor o representante legal, o de uno de los progenitores, junto con la correspondiente declaración responsable, acompañada del D.N.I., Pasaporte o NIE.
  • Jóvenes mayores de 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE
  • Menores hasta 14 años: D.N.I., Pasaporte o NIE, Certificado de nacimiento o Libro de Familia, según el caso concreto.

Nota: Conforme a lo establecido en el artículo art. 16.2, f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la documentación justificativa de la identidad referida a extranjeros ha de estar en vigor.

Información sobre documentación que acredita la ocupación de la vivienda

1.- Vivienda de su propiedad

  • Escritura de propiedad, contrato de compraventa o Nota Informativa del Registro dela Propiedad.

2.- Vivienda alquilada en la que el titular del contrato es el interesado

  • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual,acompañado del último recibo de alquiler.

3.- Vivienda en la que ya figuran empadronadas otras personas

  • Autorización de un mayor de edad, de los que ya figuran empadronados en eldomicilio.
  • DNI, Pasaporte o NIE, de la persona que firma la autorización.
  • Título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda a nombre del autorizante(apartados 1 o 2)

4.- Vivienda propiedad de otra persona, cuando ésta no figure empadronada

  • Autorización del titular de la vivienda.
  • Título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda a nombre del autorizante(apartados 1 o 2)

5.- Vivienda en la que el contrato de alquiler figura a nombre de otra persona, cuando ésta no figure empadronada

  • Autorización del titular del contrato de alquiler.
  • DNI, Pasaporte o NIE, de la persona que firma la autorización.
  • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual,acompañado del último recibo de alquiler.

6.- Alojamiento colectivo (Comunidad religiosa, Residencias, Albergues, etc.)

  • Autorización de un superior, director/a o persona responsable del Centro.

7.- Centro de acogida o personas sin domicilio fijo

  • Informe del Albergue o Unidad de Trabajo Social.