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Existen una serie de trámites necesarios para poder celebrar el matrimonio civil en el Ayuntamiento de La Orotava.

Por un lado, si los contrayentes están empadronados en La Orotava tienen que llevar a cabo las siguientes indicaciones:

- Presentar la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento dirigida al Sr. Alcalde, especificando los datos personales de los contrayentes, el día y la hora de la celebración del matrimonio.

- Tramitar el preceptivo expediente matrimonial en el Registro Civil de La Orotava, donde una vez concluido, les facilitarán un certificado en el que se autoriza la celebración de dicho matrimonio, debiendo presentarlo en esta alcaldía.

- Se facilitarán a esta alcaldía las fotocopias de los DNI de los interesados y de dos testigos que acompañen a los contrayentes el día de la celebración del matrimonio.

Una vez concluida la celebración del acto, el Sr. Alcalde, facilitará a los novios el acta matrimonial que deberá presentarse posteriormente en el Registro Civil de La Orotava, donde quedará registrado dicho matrimonio.

Para aquellas personas no empadronadas en La Orotava deberán seguir lospasos que se especifican a continuación:

- Presentar la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento dirigida al Sr. Alcalde, especificando los datos personales de los contrayentes, el día y la hora de la celebración del matrimonio.

- Tramitar el preceptivo expediente matrimonial en el Registro Civil del municipio donde figuren empadronados los contrayentes, debiendo comunicar a dicho registro el deseo de traslado del expediente al Registro Civil de La Orotava. Una vez concluido, les facilitarán un certificado en el que se autoriza la celebración de dicho matrimonio, debiendo presentarlo en esta alcaldía.

- Abono en la Tesorería de este Ayuntamiento, la cantidad establecida en concepto de tasa por la celebración de matrimonios civiles (año 2013)

- Se facilitarán a esta alcaldía las fotocopias de los DNI de los interesados y de dos testigos que acompañen a los contrayentes el día de la celebración del matrimonio.

Una vez concluida la celebración del acto, el Sr. Alcalde, facilitará a los novios el acta matrimonial que deberá presentarse posteriormente en el Registro Civil de La Orotava, donde quedará registrado dicho matrimonio.

Con el modelo que figura al pie de este párrafo podrás efectuar el pago de las tasas para la celebración de matrimonios civiles. Para poder autorizar la celebración del matrimonio, se deberá remitir con carácter previo e ineludible además de las fotocopias del DNI de cada uno de los contrayentes, fotocopia del DNI de cada uno de los testigos de la celebración del matrimonio y la autorización del Registro Civil para la celebración del matrimonio. Sin el cumplimiento de estos requisitos, no se podrá autorizar dicha celebración, sin perjuicio de que se admita a trámite la solicitud a expensas de la autorización del Registro Civil.

Están exentas del pago de la presente tasa las celebraciones de matrimonios civiles cuando al menos una de las dos personas que insten dicha celebración sea residente en este término municipal. En estos casos la residencia se acredita por la inscripción previa en el Padrón de Habitantes de alguno de los contrayentes, constituyendo infracción tributaria el falseamiento de los datos consignados para evitar el pago del tributo. Deberás abonar las tasas en la Tesorería Municipal o en la cuenta restringida de recaudación abierta a nombre del Ayuntamiento de La Orotava en la Caixa.

Podrá encontrar toda la información y el formulario de solicitud en la SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento, en la sección "TRÁMITES", seleccionando "Solicitud de Autorización para Celebración de Matrimonio Civil"