Documentos del Área Alcaldía

  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO EXTRAORDINARIO DE 30 DE MARZO DE 2021

    25/03/2021

    1º CONVOCATORIA: 30 de marzo de 2021 a las 9:00 horas

    2ª CONVOCATORIA: 1 de abril de 2021 a las 9:00 horas

    Cambio de horario por celebración de actos inherentes a la Alcaldía.

  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO EXTRAORDINARIO DE 10 DE MARZO DE 2021

    10/03/2021

    1a convocatoria: 10 de marzo de 2021 a las 12:00

    2a convocatoria: 12 de marzo de 2021 a las 12:00

    Adopción de determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública con motivo del Covid-19

    Expediente de concesión de subvenciones a autónomos y empresas del municipio de La Orotava afectados con motivo del Covid-19

  • Instancia General

    9/03/2021
  • Solicitud de Autorización para Celebración de Matrimonio Civil

    3/03/2021

    Puede encontrar más información en la sede electrónica

  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO DE 23 DE FEBRERO DE 2021

    23/02/2021

    Primera convocatoria: 23 de febrero de 2021 a las 12:00

    Segunda convocatoria: 25 de febrero de 2021 a las 12:00

    Lugar: Sala del Pleno

     

  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO DE 26 ENERO 2021

    26/01/2021

    Orden del día del Pleno a celebrarse con carácter ORDINARIO el día 26 DE ENERO DE 2021, a las 12:00 horas.

  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO DE 22 DE DICIEMBRE DE 2020

    22/12/2020
  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2020

    20/11/2020
  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO DE 27 DE OCTUBRE DE 2020

    22/10/2020
  • ORDEN DEL DÍA DEL PLENO DE 28 DE JULIO DE 2020

    24/07/2020
  • DECRETO CON MEDIDAS A ADOPTAR CON MOTIVO DEL COVID-19 UNA VEZ DECLARADO EL ESTADO DE ALARMA EN RELACIÓN CON EL SERVICIO DE AUTOTAXI

    30/03/2020
  • DECRETO CON MEDIDAS A ADOPTAR CON MOTIVO DEL COVID-19 UNA VEZ DECLARADO EL ESTADO DE ALARMA EN RELACIÓN CON EL SERVICIO DE AUTOTAXI - CORRECCIÓN

    30/03/2020
  • Decreto nuevas medidas a adoptar en Cementerio y Tanatorios - Covid-19

    30/03/2020
  • DECRETO SOBRE MEDIDAS EN LOS ENTERRAMIENTOS

    27/03/2020
  • Decreto medidas a adoptar respecto al Servicio de Taxis de La Orotava durante el estado de alarma

    17/03/2020
  • Información sobre ayudas a los damnificados por los incendios

    11/03/2020

    El Gobierno central ha abierto el plazo para la solicitud de las ayudas a los damnificados por los incendios que sufrieron las islas de Gran Canaria y Tenerife a finales de febrero, según contempla el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

    Estas ayudas, explica el Gobierno en nota de prensa, podrán solicitarse de manera telemática o de modo presencial en las subdelegaciones del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, así como en cualquiera de los registros que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

    En cuanto al plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo 25 de marzo en Tenerife, un mes a contar desde el día siguiente a la fecha del término del incendio, considerándose como tal fecha el pasado 24 de febrero, una vez que el Cabildo procedió a declarar como controlada la situación de emergencia, desactivando el Plan de Emergencias Insular (PEIN).

    En el caso de Gran Canaria, el plazo para presentar solicitudes expira el próximo 27 de marzo, teniéndose en cuenta que la Consejería de Gobierno de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria determinó el 26 de febrero controlado el incendio de Tasarte y en aplicación del Plan Especial para Riesgos de Incendios Forestales (INFOCA).

    Además, indican que desde la Delegación del Gobierno en Canarias se ha remitido una serie de oficios a los ayuntamientos de Tejeda y La Aldea de San Nicolás, en Gran Canaria, así como de La Guancha, La Orotava, Los Realejos, Puerto de la Cruz y Santa Úrsula, en Tenerife, a efectos de que distribuyan esta información entre los posibles afectados.

    En cuanto a los beneficiarios de las ayudas estatales serán tanto personas físicas como jurídicas según recoge el Real Decreto 307/2005. En concreto, podrán ser beneficiarios de las ayudas las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales; y las corporaciones locales que acrediten escasez de recursos para hacer frente a los gastos derivados de actuaciones ante situaciones de grave riesgo o naturaleza catastrófica.

    Así, como las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo una prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia, además de las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal que han sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, y los titulares de establecimientos industriales, comerciales y de servicios que han sufrido daños en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento afectos a la actividad empresarial.

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