




De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza sobre la utilización, el disfrute y el aprovechamiento especial de los espacios de dominio público y uso público local por los particulares, mediante su ocupación con mobiliario, elementos o instalaciones, que se hallen vinculados a una activida
Las Ordenanzas Fiscales de un Ayuntamiento constituyen aquellas normas que regulan los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) establecidos por el propio Ayuntamiento.
Definen o complementan los distintos elementos que constituyen la relación jurídico-tributaria entre Ayuntamientos y obligados tributarios, tales como hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, beneficios fiscales o normas de gestión.
Las Ordenanzas Fiscales de un Ayuntamiento constituyen aquellas normas que regulan los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) establecidos por el propio Ayuntamiento.
Definen o complementan los distintos elementos que constituyen la relación jurídico-tributaria entre Ayuntamientos y obligados tributarios, tales como hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, beneficios fiscales o normas de gestión.
Las Ordenanzas Fiscales de un Ayuntamiento constituyen aquellas normas que regulan los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) establecidos por el propio Ayuntamiento.
Definen o complementan los distintos elementos que constituyen la relación jurídico-tributaria entre Ayuntamientos y obligados tributarios, tales como hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, beneficios fiscales o normas de gestión.
Las Ordenanzas Fiscales de un Ayuntamiento constituyen aquellas normas que regulan los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) establecidos por el propio Ayuntamiento.
Definen o complementan los distintos elementos que constituyen la relación jurídico-tributaria entre Ayuntamientos y obligados tributarios, tales como hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, beneficios fiscales o normas de gestión.
Las Ordenanzas Fiscales de un Ayuntamiento constituyen aquellas normas que regulan los tributos (impuestos y tasas) establecidos por el propio Ayuntamiento.
Como ejemplo podemos enumerar los trámites de altas y bajas, los procedimientos para devoluciones e ingresos o los plazos de cobros y pagos con la correspondiente documentación a presentar.