Documentos del Área Educación

  • 𝐗𝐕𝐈𝐈𝐈 𝐂𝐞𝐫𝐭𝐚𝐦𝐞𝐧 𝐄𝐬𝐜𝐨𝐥𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐈𝐧𝐯𝐞𝐬𝐭𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐇𝐢𝐬𝐭𝐨́𝐫𝐢𝐜𝐚: "𝐄𝐥 𝐟𝐞𝐧𝐨́𝐦𝐞𝐧𝐨 𝐦𝐢𝐠𝐫𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐞𝐧 𝐂𝐚𝐧𝐚𝐫𝐢𝐚𝐬 𝐚 𝐥𝐨 𝐥𝐚𝐫𝐠𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐬𝐢𝐠𝐥𝐨𝐬 𝐗𝐗 𝐲 𝐗𝐗𝐈"

    1/12/2024

    𝐗𝐕𝐈𝐈𝐈 𝐂𝐞𝐫𝐭𝐚𝐦𝐞𝐧 𝐄𝐬𝐜𝐨𝐥𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐈𝐧𝐯𝐞𝐬𝐭𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐇𝐢𝐬𝐭𝐨́𝐫𝐢𝐜𝐚: "𝐄𝐥 𝐟𝐞𝐧𝐨́𝐦𝐞𝐧𝐨 𝐦𝐢𝐠𝐫𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐞𝐧 𝐂𝐚𝐧𝐚𝐫𝐢𝐚𝐬 𝐚 𝐥𝐨 𝐥𝐚𝐫𝐠𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐬𝐢𝐠𝐥𝐨𝐬 𝐗𝐗 𝐲 𝐗𝐗𝐈"

    Bases del concurso: Podrán participar el alumnado del tercer ciclo de primaria (5º y 6º de primaria) y del primer y segundo ciclo de secundaria (1º, 2º, 3º y 4º de secundaria). Los alumnos podrán formar un colectivo cuyo número no sea superior a cinco miembros.

    El plazo de presentación será del 1 al 22 de diciembre, hasta las 13:30 horas. Los trabajos se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento en horario de 8:00 a 13:30, en la Plaza del Ayuntamiento.

    Para más información: Departamento de Educación y Cultura del Ayuntamiento de La Orotava en el 922 32 44 44 (Ext. 2319).

  • Plan Municipal de Becas - Ayudas al Estudio

    11/10/2024

    DESCRIPCIÓN

    El Ayuntamiento de La Orotava, a través del Área de Educación, tramita la concesión de Ayudas al Estudio de forma anual, y que se rige por la "Ordenanza Específica de las Bases Reguladoras de las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava", publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 118, de fecha 1 de octubre de 2021.

    DESTINATARIOS

    El objeto de este procedimiento es la solicitud de ayudas al alumnado residente en el término municipal de La Orotava y que cursen estudios en los niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional, Academia de Arte "Perdigón" (de Dibujo, Pintura y Confección de Alfombras), Aulas Enclave, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Escuela Municipal de Música y Danza "Villa de La Orotava" y Universitarios que cursen estudios dentro y fuera de la Isla de Tenerife.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN

    • Oficina de Asistencia en Material de Registros del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava, sito en Plaza del Ayuntamiento, s/n, en horario de 08:00 h. a 13:30 h. Será necesario pedir cita previa a través del siguiente enlace https://www.laorotava.es/cita-previa o llamando al 922.32.44.44

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    Del 12 de octubre al 11 de noviembre de 2024 (ambos incluidos)

    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

    Junto con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:

    Documentación General

    1. Copia del D.N.I. del padre, madre o tutor del alumno/a que solicita la ayuda y de todos los miembros computables de la unidad familiar.
    2. Copia del D.N.I. o N.I.F. del alumno
    3. Copia del Libro de Familia.
    4. Modelo de alta de datos de terceros del titular de la cuenta bancaria donde realizar el pago de la ayuda solicitada. Si la cuenta bancaria está a nombre de un menor, deberá indicarse los datos del menor como interesado, y los datos del padre, madre o tutor legal como representante. APORTAR EL COMPROBANTE BANCARIO que demuestre la titularidad o cotitularidad de la cuenta a nombre del estudiante.
    5. Documentación justificativa, en su caso, de la concurrencia de alguno/s de los criterios de preferencia establecidos en las bases.

    Datos económicos

    1. Copia de la última declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o declaración de que la presentación de la misma no fuere obligatoria o, en su defecto, autorización para recabar la información a través de las plataformas de intermediación de datos.
    2. Documentación acreditativa de los ingresos mensuales que perciba la unidad familiar a que pertenece el solicitante en el momento de presentación de la solicitud. Podrá justificarse mediante la aportación de la siguiente documentación:
    • Copia de las dos últimas nóminas
    • Certificados de haberes y retenciones
    • Recibos de prestaciones por desempleo, pensiones, etc.
    1. Documentación acreditativa que considere de interés presentar en apoyo de su petición, derivados de su situación familiar económica y social: paro, jubilación, incapacidad, separación, divorcio, invalidez, discapacidad, orfandad, etc.
    2. En caso de divorcio o separación legal de los padres, se aportará copia de la sentencia judicial; si la separación es de hecho podrá acreditarse mediante acta notarial o demanda de separación o divorcio. En todo caso, se aportarán los acuerdos económicos existentes.
    3. En el caso de que la situación económica de la unidad familiar no se desprenda de los apartados anteriores, la misma podrá ser acreditada mediante cualquier otro medio diferente a los expresados, pudiéndose recabar, incluso, informe de los servicios sociales municipales.
    4. En el caso de haber solicitado beca del Ministerio de Educación, de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias o de cualquier otra entidad pública o privada, deberá presentar copia del resguardo correspondiente si se halla en trámite o la credencial en el supuesto de concesión o denegación y reflejarlo en la instancia.

    Datos académicos

    1. Certificado o documento acreditativo de encontrarse matriculado oficialmente en el curso académico para el que se solicita la ayuda.

    NORMATIVA APLICABLE

    • Ordenanza Específica de las Bases Reguladoras de las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava.
    • Bases de Ejecución del presupuesto General.
    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    ÁREA RESPONSABLE

    Actividades Preferentes (Educación)

    ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

    El Alcalde

    PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    6 meses

    EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Desestimatorio

    INFORMACIÓN ADICIONAL

    Incompatibilidad: estas ayudas son incompatibles con cualquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibir de otras entidades o personas públicas o privadas

    Requisitos Económicos de los Solicitantes: las ayudas podrán ser solicitadas por aquellos alumnos/as pertenecientes a unidades familiares cuyos ingresos no superen los siguientes umbrales íntegros:


    • INFANTIL Y PRIMARIA
      • Hasta 12.000,00 Euros -> (1 hijo)
      • Hasta 14.000,00 Euros -> (2 hijos)
      • Hasta 16.000,00 Euros -> (3 hijos)
      • Hasta 18.000,00 Euros -> (4 hijos)
      • Hasta 20.000,00 Euros -> (5 hijos)
      A partir del sexto hijo, se añadirán 2.000,00 Euros por cada miembro computable

    • SECUNDARIA, BACHILLER, CICLOS FORMATIVOS Y MÚSICA
      • Hasta 15.000,00 Euros -> (1 hijo)
      • Hasta 17.000,00 Euros -> (2 hijos)
      • Hasta 19.000,00 Euros -> (3 hijos)
      • Hasta 21.000,00 Euros -> (4 hijos)
      • Hasta 23.000,00 Euros -> (5 hijos)
      A partir del sexto hijo, se añadirán 2.000,00 Euros por cada miembro computable

    • ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
      • Hasta 20.000,00 Euros -> (1 hijo)
      • Hasta 23.000,00 Euros -> (2 hijos)
      • Hasta 26.000,00 Euros -> (3 hijos)
      • Hasta 29.000,00 Euros -> (4 hijos)
      • Hasta 32.000,00 Euros -> (5 hijos)
      A partir del sexto hijo, se añadirán 3.000,00 Euros por cada miembro computable

    Si desea más información sobre la convocatoria puede solicitarla a través del correo electrónico: educacion@villadelaorotava.org

    Teléfono: 922 32 44 44 ext 2319

  • Becas de las Escuelas Infantiles

    19/07/2024

    DESCRIPCIÓN

    El Ayuntamiento de La Orotava tramita la concesión de Becas para la Escuela Infantil, regida por la Ordenanza Reguladora, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 77 de 26 de junio de 2024.

    DESTINATARIOS

    Menores residentes, empadronados en el municipio, con edades comprendidas entre los 4 meses y 3 años y cuyo padre, madre o el tutor legal que tenga su guardia custodia efectiva esté empadronado en la Villa de la Orotava con una antigüedad mínima de 6 meses, se encentren matriculados con reserva de plaza en cualesquiera de las escuelas infantiles municipales.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN

    • Oficina de Atención en Materia de Registro del Excmo. Ayuntamiento de La Orotava, sito en Plaza del Ayuntamiento s/n. (Se requiere cita previa)
    • Sede electrónica: https://laorotava.sedelectronica.es

     

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    Convocatoria abierta durante el curso escolar 2024-2025 (según disponibilidad de plaza)

    NORMATIVA APLICABLE

    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Bases de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio económico 2024.
    • Ordenanza Reguladora de la Concesión de Becas para la Asistencia de Alumnos a Las Escuelas Infantiles del Municipio de la Villa de la Orotava, BOP Nº77 de 26 de junio de 2024, y su Convocatoria Anual, BOP Nº 87 de 19 de julio de 2024.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     

    ÁREA RESPONSABLE

    Actividades Preferentes (Educación)

    ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

    El Alcalde

    PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    6 meses

    EFECTOS DEL SILECIO ADMINISTRATIVO

    Desestimatorio

    INFORMACIÓN ADICIONAL

    La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases establecidas en la presente ordenanza y la convocatoria del curso correspondientes

    La admisión a trámite de la solicitud de subvención debe estar precedida de aceptación de plaza de la Escuela Infantil.

    La admisión a trámite de la solicitud de subvención no supone en ningún caso, SU CONCESIÓN, ni la reserva de plaza, en la escuela infantil municipal.                                                                       

    Incompatibilidad: estas ayudas son incompatibles con cualquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibir de otras entidades o personas públicas o privadas.

    Criterios de concesión y baremos:  Expuestos en la Convocatoria de Becas de la Escuela Infantil. Artículo 8º pág. 8.

    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

    Toda la documentación que se presente deberá ser original o copia auténtica y será referente a todos los miembros que aparecen en la unidad familiar.

    En caso de solicitar beca para 2 o más hermanos, hay que presentar una solicitud por cada menor, pero aportando la documentación en una sola. Esta situación se consignará en la solicitud.

    La documentación que aportar está expuesta en la Convocatoria de las Becas de la Escuela Infantil, Artículo 7º pág. 5.

  • Ayudas a las AMPAS

    5/03/2024

    DESCRIPCIÓN

    Mediante este procedimiento se conceden subvenciones para la ejecución de proyectos escolares o para el fomento y dinamización de bibliotecas en los centros educativos públicos del municipio

    DESTINATARIOS

    Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos (AMPAS) de los colegios sitos en el municipio de la Villa de La Orotava que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones y en el Registro de Asociaciones de Alumnos y Padres de Alumnos de la Consejería de Educación

    LUGAR DE PRESENTACIÓN

    Sede Electrónica del Ayuntamiento de la Orotava (https://laorotava.sedelectronica.es) u Oficina de Atención en Materia de Registro, sita en la Casa Consistorial, Plaza del Ayuntamiento, 1. La Orotava (Se requiere cita previa)

    PLAZO DE PRESENTACIÓN

    CONVOCATORIA CERRADA

    Plazo del  5 de marzo al 3 de abril de 2024 (ambos incluidos)

    NORMATIVA APLICABLE

    • Bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones a las AMPAS de los colegios públicos y concertados sitos en el municipio de la Villa de La Orotava destinadas a la financiación de programas de actividades y proyectos escolares destinados a los alumnos en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 108 
    • Bases Reguladoras de subvenciones a las AMPAS destinadas a la financiación del fomento del uso de bibliotecas en horario no lectivo en el municipio de La Orotava”, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 108 
    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de 2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    ÁREA RESPONSABLE

    Actividades Preferentes (Educación)

    ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

    El Alcalde

    PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

    6 meses

    EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Desestimatorio

    INFORMACIÓN ADICIONAL. Instrucciones

    Programas de actividades y proyectos escolares: 

    Los programas subvencionables deberán tener por objeto:

    • Favorecer la participación de los padres y madres den los órganos de gobierno de los centros. 
    • Fomento de actividades dirigidas a la comunidad escolar. 

    Conceptos subvencionables: 

    • Compra de material escolar, libros de texto y similares, para alumnos matriculados en el Centro Escolar. 
    • Celebración de actos y eventos que se celebren en el Centro Escolar. 
    • Apoyo de iniciativas de alumnos, profesores o miembros de la Asociación para el desarrollo de programas o proyectos educativos. 
    • Realización de visitas de alumnos fuera del Centro como actividades complementarias del centro escolar. 
    • Apoyo de realización de actividades extraescolares en horario no lectivo en el Centro Escolar. 
    • Gastos protocolarios en la organización de eventos, comidas de convivencia, con un límite del 50% del importe de la subvención concedida 

    Fomento de bibliotecas: 

    El objeto será la contratación de monitores para la dinamización de las bibliotecas en horario no lectivo durante el curso escolar.

    Adicionalmente, serán subvencionables las adquisiciones de fondos bibliográficos o cualquiera otro tipo de material documental (en libros o soporto informático de carácter educativo) que sirva de consulta o de lectura.

    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

    Si se solicita la subvención para Proyectos Escolares:

    • Solicitud, especificando que se solicita para financiar la realización de Proyectos Escolares
    • DNI / NIE del representante de la Entidad (*)
    • CIF de la Entidad (*)
    • Certificado de la Junta Directiva (*)
    • Estatutos de la Entidad (*)
    • Certificación acreditativo de la personalidad del solicitante (Anexo I
    • Proyecto o memoria de la actividad a ejecutar (Anexo II)
    • Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad (Anexo III)
    • Certificado de no tener delitos sexuales (Anexo IV)
    • Certificado del centro educativo del número de alumnos matriculado en el centro y empadronado en el municipio (Anexo V).
    • En caso de que el importe de la subvención solicitada supere los 3.000,00 €, certificaciones de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias (AEAT, ATC y Consorcio de Tributos) y con la Seguridad Social o, en su defecto, autorización expresa para recabar la información a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (Anexo VI).

    (*) No será necesario presentar esta documentación si ya ha sido presentada en años anteriores, se mantiene vigente y no ha habido modificaciones.

    Si se solicita la subvención para el Fomento de Bibliotecas:

    • Solicitud, especificando que se solicita financiar el Fomento de Biblioteca
    • DNI / NIE del representante de la Entidad (*)
    • CIF de la Entidad (*)
    • Certificado de la Junta Directiva (*)
    • Estatutos de la Entidad (*)
    • Certificación acreditativo de la personalidad del solicitante (Anexo I
    • Proyecto o memoria de la actividad a ejecutar (Anexo II)
    • Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad (Anexo III)
    • Certificado de no tener delitos sexuales (Anexo IV)
    • Certificado acreditativo de las actividades desarrolladas y número de personas encargadas de la dinamización (Anexo V)
    • En caso de que el importe de la subvención solicitada supere los 3.000,00 €, certificaciones de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias (AEAT, ATC y Consorcio de Tributos) y con la Seguridad Social o, en su defecto, autorización expresa para recabar la información a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (Anexo VI).

    (*) No será necesario presentar esta documentación si ya ha sido presentada en años anteriores, se mantiene vigente y no ha habido modificaciones.

  • Formulario Inscripción Escuela Infantil Municipal El Mayorazgo Curso 2021/2022

    3/11/2021
  • Formulario Inscripción Gimnasia Rítmica 2021/2022 Plan de Actividades Extraescolares

    7/09/2021

    PLAN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES 2021/2022

    EXCMO. AYUNTAMIENTO VILLA DE LA OROTAVA

    Se abre el plazo de solicitud de inscripción en la Actividad de GIMNASIA RÍTMICA

    Pueden pasar a recoger hoja de inscripción en el Pabellón el Quiquirá en horario de tarde (De lunes a Jueves 16:00 – 18:00 hrs.)

    Deberán enviar la documentación debidamente cumplimentada (escaneada-foto) al correo electrónico inscripcionesorotava@gmail.com en cuyo ASUNTO deberá escribir: INSCRIPCIÓN GIMNASIA RÍTMICA.

    Criterios de admisión en la actividad:

    • Prioridad en el orden de llegada de las solicitudes.

    Plazo de entrega: Desde el 10 al 20 de septiembre.

  • Ordenanza Específica de las Bases Reguladoras de las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava

    25/05/2021

    Ordenanza Municipal que establezca las Bases Reguladoras de las las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava

    Anuncio consulta pública: publicado en el Tablón de Anuncios Municipal el 20/05/2021

    Aprobación incial en BOP nº 96 de 11/08/2021

    Aprobación definitiva en BOP nº 118 el 01/10/2021

  • Instancia General

    9/03/2021
  • Autoliquidación Actividad de Dibujo y Pintura

    20/07/2020
  • SOLICITUD DE BECA PARA LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS 2020-2021

    15/07/2020

    SOLICITUD DE BECA PARA LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS 2020-2021

    Desde el 15 de julio al 26 de agosto.

  • BASES DEL PREMIO DE INVESTIGACIÓN Alfonso Trujillo Rodríguez

    16/05/2017

    El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2017, acordó aprobar las Bases del “Premio de Investigación Alfonso Trujillo Rodríguez”, cuyo objeto es reconocer y divulgar textos de investigación sobre cualquiera de las materias relacionadas con la historia, ciencias sociales, arte y etnografía relativos a las Islas Canarias, en especial sobre el Valle de La Orotava.

    El plazo de presentación de obras es de cinco meses a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), es decir el 16 de octubre de 2017.

     

    • Fecha de inicio:Martes, 16 Mayo 2017
    • Fecha fin de plazo:Lunes, 16 Octubre 2017
    • De concesión directa:No
    • De concurrencia competitiva:Sí
  • Instancia de ayudas al estudio

    25/01/2017
  • Plan Municipal de Actividades Extraescolares

    25/01/2017